ESTRUCTURA DE OFICINA JUDICIAL

Estructura

Estructura

Una nueva organización para una nueva justicia


La nueva Oficina Judicial supera el modelo tradicional de los antiguos juzgados formados por un juez, un secretario judicial y un determinado número de funcionarios que trabajan de modo independiente, para conformar una nueva organización que establece sistemas de trabajo racionales y homogéneos, con el fin de que la actividad judicial se desempeñe con la máxima eficacia y responsabilidad.

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El factor humano

En este proceso de cambio hacia la nueva Administración de Justicia es esencial la colaboración de todos los actores de la justicia: jueces, fiscales, secretarios judiciales, funcionarios y profesionales. Para ello, se han adaptado al nuevo modelo organizativo asumiendo nuevos métodos de trabajo, optimizando los recursos y recibiendo formación específica en el marco de un ambicioso Plan de Formación emprendido por el Ministerio de Justicia que ha implicado, en una primera fase, a más de 10.000 funcionarios y 4.000 secretarios judiciales.

Un paso imprescindible para la puesta en funcionamiento de la Oficina Judicial es el acoplamiento del personal de la Administración de Justicia a sus nuevos puestos, un proceso que está en marcha desde el pasado 1 de julio con la publicación en el BOE de la Orden Ministerial JUS/1741/2010 de 22 de junio por la que se definen la estructura y las relaciones de puestos de trabajo de la Oficinas Judiciales y las Secretarías de Gobierno de las ciudades que integran la primera fase del Plan de Implantación elaborado por el Ministerio de Justicia. Ver folleto sobre el Proceso de Acoplamiento en la nueva Oficina Judicial

Junto a estas unidades procesales, están las Unidades Administrativas creadas por el Ministerio de Justicia y la Comunidad Autónoma competente que, sin estar integradas en la Oficina Judicial, dirigen, ordenan y gestionan los recursos humanos, los medios informáticos y los medios materiales.

Así, la nueva organización de Oficina Judicial está conformada por dos tipos de unidades procesales diferentes, atendiendo a su funcionalidad:

  1. Las Unidades Procesales de Apoyo Directo, que asisten a jueces y magistrados en el ejercicio de las funciones que les son propias, realizando las actuaciones necesarias para el exacto y eficaz cumplimiento de cuantas resoluciones dicten.
  2. Los Servicios Comunes Procesales que, bajo la dirección de un secretario judicial, asumen labores centralizadas de gestión y apoyo en actuaciones derivadas de la aplicación de las leyes procesales.
http://oficinajudicial.justicia.es/portaloj/estructura